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Inscripción de Nacimiento

El hecho de inscribir en la Embajada del Paraguay el nacimiento de un menor (de padre y/o madre paraguayo) nacido en el extranjero, no significa que se le otorga la Nacionalidad Paraguaya.
Ver la Constitución Nacional y la Ley 582/85 sobre la Nacionalidad.

Esta Embajada no puede otorgar Cédula de Identidad ni Pasaporte Paraguayo a los menores nacidos en el extranjero. A los que desean viajar al Paraguay, únicamente se les otorgará un Pasaporte Provisorio, una vez que estén inscritos en la Embajada.

Inscripción de Nacimiento

Trámites en Japón

Trámites en la Embajada del Paraguay en Japón

PROCEDIMIENTO

1. Remisión de solicitud por correo postal

Observación:

Apellido de los hijos – Ver Art. 12 de la Reforma Parcial del Código Civil

De los hijos extramatrimoniales y su reconocimiento – Ver el Código Civil – Sección II

2. Firma de los libros de Acta de Nacimientos

Luego de 5 días hábiles del envío de la solicitud, el interesado debe comunicarse con la Sección Consular por teléfono o por el formulario de consulta, a fin de coordinar una cita para la comparecencia personal.

Si los padres son casados, puede venir uno de ellos y el testigo. Si son solteros, deben venir los dos y el testigo. No es imprescindible la presencia del menor.

Trámites en Paraguay

Menú Consular

Contactar

(+81) 3 3265-5272